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En la Sociedad Colombiana de Gestión de Actores entendemos que la labor artística conlleva desafíos personales, económicos y de salud que pueden impactar la estabilidad de nuestros socios. Por ello, el Plan General Asistencial se constituye como una herramienta de apoyo solidario que busca brindar respaldo en momentos de vulnerabilidad, promoviendo condiciones de vida dignas para quienes integran nuestra comunidad.
Este plan contempla líneas de ayuda que van desde el acompañamiento en situaciones de emergencia, el acceso a servicios médicos especializados, hasta apoyos económicos en casos críticos debidamente evaluados. Nuestro compromiso es estar presentes cuando el actor más lo necesita, con un enfoque sensible, responsable y humano.
Acompañamiento social, familiar y personal.
La trabajadora social brindará orientación y acompañamiento a los socios en problemáticas sociales, familiares y/o personales. Si la profesional lo considera necesario, el socio podrá acceder a un acompañamiento psicológico o psiquiátrico.
Aportes a EPS y pensiones.
Apoyo a socios mayores sin pensión.
Beneficio económico dirigido a los socios mayores de 60 años (mujeres) y 62 años (hombres), que no cuenten con pensión.
Apoyo por incapacidad médica.
Beneficio económico otorgado a los socios de pleno derecho que por motivos de salud se encuentren incapacitados para realizar su actividad como artista intérprete audiovisual.
Servicio médico en casa.
Servicio para socios de pleno derecho que por sus condiciones de salud la requieran.
Apoyo para insumos y terapias no cubiertas.
Beneficio económico para socios de pleno derecho que requieran servicios de enfermería, medicamentos, dispositivos, transportes o terapias que no están cubiertos por el POS o que por negligencia de la entidad de salud esté en riesgo la salud del socio.
Tratamientos dentales no cubiertos.
Beneficio económico para socios de pleno derecho que requieran de procedimientos odontológicos que no están cubiertos por el POS o que exista negligencia por parte de la entidad de salud que esté en riesgo la salud del socio y que esté afectando su calidad de vida.
Apoyo para lentes o tratamientos visuales.
Beneficio económico para los socios de pleno derecho que requieran bajo prescripción médica de algún procedimiento oftalmológico, lentes o gafas.
Apoyo económico para madres socias.
Beneficio económico para las socias de pleno derecho que se encuentren en embarazo o que tengan un hijo menor a 6 meses de nacido.
Apoyo económico para padres que reconocen a su hijo.
Beneficio económico para los socios de pleno derecho que reconozcan la paternidad del recién nacido.
Apoyo a socios sin trabajo en el sector audiovisual.
Beneficio económico para socios fundadores y de pleno derecho (mayores de edad) sin actividad laboral como artista intérprete audiovisual.